El abordaje de las normas mínimas de salud pública ambiental en los establecimientos de salud es un componente clave para la seguridad del paciente, del personal de salud, los acompañantes y visitantes1.
RECOMENDACIONES GENERALES
• Asegurar el agua, el saneamiento y la higiene del establecimiento de salud es responsabilidad de todos: del personal de salud, de los gestores en los establecimientos, de los proveedores de servicios, de los pacientes y de los acompañantes y visitantes.
• Implementar medidas de inspección y vigilancia sobre las condiciones del agua, saneamiento e higiene en los establecimientos de salud.
• Asegurar que todo el personal del establecimiento tenga conocimiento de las medidas de agua, saneamiento e higiene a implementar, por ejemplo, acciones para almacenar el agua de manera segura y como garantizar su calidad, el manejo que se le debe dar a los residuos, etc.
• Asegurar que el establecimiento de salud cuenta con las instalaciones básicas de agua, saneamiento e higiene para operar, cumpliendo con las normas nacionales.
• Adecuar espacios o edificios para la atención hospitalaria que asegure las condiciones óptimas para la prevención de brotes de legionela, ública ambiental. 2 en coordinación con los operadores de agua e instituciones responsables de salud pública ambiental.
Detalles en: Recomendaciones sobre salud pública ambiental en los establecimientos de salud [2]
Enlaces:
[1] http://www.cfg.sld.cu/sites/www.cfg.sld.cu/files/imagenoticia/1/opscdececovid-19200016_spa.pdf.jpg
[2] http://www.ftp.cfg.sld.cu/medisur/index.php?dir=coronavirus%20covid%2019/&file=RECOMENDACIONES%20SOBRE%20SALUD%20PUBLICA%20AMBIENTAL%20EN%20LOS%20ESTABLECIMIENTOS%20%20DE%20SALUD_May_15.pdf